SECTOR AGROPECUARIO

  • NUMERO DE LA LEY: LEY No.8066 
    RESUMEN: Crea una Junta Liquidadora que fingirá por un período máximo de tres meses, para liquidar a la Junta de Defensa del Tabaco.

  • NUMERO DE LEY: LEY No. 8149
    RESUMEN: Crea el Instituto Nacional de Innovación Tecnológica Agropecuaria, como un órgano de desconcentración máxima especializado en la investigación y adscrito al MAG. El objetivo es contribuir al mejoramiento y sostenibilidad del sector agropecuario, por medio de la generación, innovación y difusión de tecnología, en beneficio de la sociedad costarricense.

  • NUMERO DE LA LEY: LEY No. 8028
    RESUMEN: Crea una Asociación Civil de carácter científico y educacional, con personería jurídica propia, cuyos propósitos serán la investigación en el campo de las ciencias agropecuarias, de los recursos naturales y afines, en las regiones del trópico americano, particularmente en Mesoamérica y el Caribe.

  • NUMERO DE LA LEY: LEY No. 8058
    RESUMEN: Aprueba el contrato de préstamo No. 4457-CR suscrito el 20 de julio de 2000, entre el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (Banco Mundial) y el Gobierno de la República de Costa Rica, por un monto de $32,6 millones, para financiar el programa de pagos por servicios ambientales por un período de cinco años.

  • NUMERO DE LA LEY: LEY No. 8047
    RESUMEN: Autoriza al INS para que traslade al Consejo Nacional de Producción la suma de mil millones de colones de la reserva técnica de contingencias del seguro integral de cosechas, para que cancele los intereses corrientes y moratorios, así como los gastos administrativos, los honorarios y las costas de los procesos judiciales, si existen en el momento de su efectivo pago que adeuden por operaciones crediticias agropecuarias los pequeños productores agropecuarios con los bancos comerciales del Estado, bancos comerciales privados, fideicomisos, otras entidades financieras públicas o privadas o establecimientos financieros.

  • NUMERO DE LA LEY: LEY No. 8109
    RESUMEN: Modifica la integración de la Junta Directiva del ICAFE, integrada por nueve miembros, cinco miembros propietarios del sector productor, un miembro del sector beneficiador, un miembro del sector exportador, un miembro del sector torrefactor y el Ministro de Agricultura y Ganadería o un representante del Poder Ejecutivo, con rango igual o superior, nombrado por el Consejo de Gobierno.

  • NUMERO DE LA LEY: LEY No. 8091
    RESUMEN: Autoriza al Ministerio de Hacienda para que proceda a readecuar las condiciones de la deuda que a la fecha mantiene la Cooperativa Agroindustrial de Productores de Palma Aceitera responsabilidad Limitada, con el Gobierno de la República y el IDA.

  • NUMERO DE LA LEY: LEY No. 8092
    RESUMEN: La Junta Directiva de LAICA puede aplicar, a todos los incisos del transitorio I aludido, lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 125 de la Ley citada.

  • NUMERO DE LA LEY: LEY No. 8208
    RESUMEN: El monto máximo de emisión será de $75 millones.

    Además, se autoriza al Estado, representado en este caso por el Ministerio de Hacienda, a los bancos comerciales del Estado, al INFOCOOP y al ICAFE para que comparezcan a constituir el fideicomiso cafetalero, con la finalidad de titularizar los créditos del sector.

    El fideicomiso estará conformado por la totalidad de las carteras de los créditos cafetaleros, que los bancos aportarán y que se generen en la cartera de cuentas por cobrar de estas a los productores de café, por un monto de hasta $30 por cada dos dobles hectolitros de café, en promedio entregados en las cosechas 1999-2000 y 2000-2001.

Miguel Angel Rodríguez E.

Ex Presidente de Costa Rica
Ex Secretario General de la OEA
Economista, abogado, político.
Esposo, padre, abuelo.

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