ALTERNATIVAS
Miguel Ángel Rodríguez E.
En La Gaceta 91 del pasado 14 de mayo aparece publicado el decreto 37675-Minae. En él la Sra. Presidente y el Ministro de Ambiente y Energía disponen la suspensión durante 90 días de trámites por parte de Setena, durante los cuales no se estudiarán ni se concederán permisos, los que quedarán "pendientes de conocerse".
Setena se estableció para evaluar el impacto ambiental de las actividades que alteren o destruyan elementos del ambiente o generen residuos, materiales tóxicos o peligrosos, y expresamente se requiere la aprobación previa de ese organismo, para iniciar actividades, obras y proyectos.
Se ha decretado, por lo tanto, que se atrasaran 90 días las nuevas obras, proyectos o actividades que potencialmente puedan alterar el ambiente.
En 2001 se eliminaron un 50% de las necesidades de aprobación, pues se estableció que afectaciones pequeñas -una casa, un taller, etc.- solo necesitaban una fórmula de autoevaluación y una declaración de cumplimiento, y en 2005 se hizo una comisión mixta de funcionarios y usuarios para consolidar la simplificación de trámites. Esta comisión se derogó en el gobierno del Presidente Arias, y ahora 7 años después se viene con esta innecesaria y perjudicial suspensión de trámites.
El progreso requiere cambios que afectan el ambiente. La agricultura surgió y transformó el ambiente cuando las tribus de pastores estacionarios en la Media Luna Fértil aprendieron a domesticar algunas especies de trigo y la cebada, y en otras partes del mundo tribus nómadas lo hicieron con otros vegetales.
Cada vez que se cambia el uso de un sector agrícola, que se irriga una porción de tierra, que se construye un edificio grande, que se abre una urbanización, que se desarrolla una fábrica, se produce progreso y se afecta el medio ambiente. No podemos ni detener el progreso ni tampoco podemos destrozar nuestro planeta. Con esa idea surgió Setena, para evaluar los impactos nocivos al ambiente de acciones de tamaño significativo, y permitir la ejecución de las menos dañinas acompañadas de las mitigaciones necesarias para minimizar sus efectos invasores... pero su fin no es impedir el progreso.
¿Para qué suspender su actividad?
El decreto de marras tiene un objetivo valioso: "la necesidad de corregir, modernizar y mejorar la gestión institucional de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental". Pero no se vuelve a la Comisión Mixta ni se identifica las personas o instituciones que integrarán una Comisión Especial para la Modernización de Setena. Esa Comisión no afecta las actividades del día a día de Setena. ¿Para qué suspender los trámites actuales aunque sean lentos e ineficientes?...y es más, ¿tiene el Poder Ejecutivo la potestad de suspender sin autorización legal expresa una ley? Claro que no. Su obligación es ejecutarla y nada le permite suspenderla salvo que se den circunstancias que por autorización expresa de la ley lo permitan.
Fecha de publicación: 20-May-2013
Fuente: diarioextra.com